TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA EL USO DE CANALES ELECTRÓNICOS – EMPRESAS
El presente documento establece los términos y condiciones aplicables al uso de los CANALES ELECTRÓNICOS de LA COOPERATIVA por parte de empresas legalmente constituidas.
Para efectos de estos términos, a la institución se la denomina LA COOPERATIVA y a la empresa que utiliza los servicios LA EMPRESA.
Importante: Al solicitar y utilizar los Canales Electrónicos, LA EMPRESA declara haber recibido información suficiente sobre sus características, condiciones, obligaciones, derechos, tarifas, mecanismos de seguridad y consecuencias jurídicas, y acepta los términos establecidos.
PRIMERA. COMPARECIENTES
Para efectos del contrato, a la institución se le denomina LA COOPERATIVA, y a la empresa legalmente constituida, representada por su representante legal, se le denomina LA EMPRESA. Ambas partes declaran ser capaces de contratar y obligarse conforme a la normativa vigente.
SEGUNDA. ANTECEDENTES
LA COOPERATIVA es una Institución Financiera regulada por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, y su operación y funcionamiento se enmarcan en las leyes ecuatorianas emitidas por los diferentes entes de control.
LA EMPRESA acepta acatar la normativa actual y futura que LA COOPERATIVA disponga para el uso adecuado de los CANALES ELECTRÓNICOS.
Los aplicativos que forman y formarán parte de dichos servicios electrónicos se denominan, para efectos del contrato, CANALES ELECTRÓNICOS.
TERCERA. OBJETO
LA EMPRESA suscribe el contrato con LA COOPERATIVA a fin de acceder a los CANALES ELECTRÓNICOS que LA COOPERATIVA pone a disposición de las empresas legalmente constituidas.
A través de los CANALES ELECTRÓNICOS, LA EMPRESA, mediante sus representantes autorizados, podrá realizar consultas y demás transacciones contempladas en el contrato. Asimismo, acepta la inclusión, modificación o eliminación de transacciones que LA COOPERATIVA realice a futuro.
CUARTA. CONSENTIMIENTO Y ACEPTACIÓN
LA EMPRESA, a través de su representante legal, solicita acceder a los CANALES ELECTRÓNICOS de LA COOPERATIVA y declara:
- Haber recibido explicación suficiente sobre las cláusulas del contrato, su naturaleza, condiciones, obligaciones, derechos, tarifas y/o cargos, implicaciones y consecuencias jurídicas, así como sobre su uso, transacciones, mantenimiento y cancelación.
- Haber recibido explicación suficiente de las características, derechos, obligaciones, servicios y prestaciones de los CANALES ELECTRÓNICOS, así como de las tarifas, frecuencia, gastos relacionados y mecanismos para su cobro.
- Haber recibido explicación suficiente respecto de sus inquietudes, dudas, efectos y consecuencias del acuerdo, así como de las causas de terminación.
- Haber recibido explicación suficiente para aceptar y autorizar la desmaterialización del contrato. Con pleno conocimiento de sus términos y condiciones contractuales, LA EMPRESA acepta el contrato y cualquier otro documento establecido por LA COOPERATIVA o por el organismo de control.
QUINTA. DERECHO A REVOCAR SU CONSENTIMIENTO
LA EMPRESA tendrá derecho a revocar su consentimiento. La revocación será efectiva una vez comunicada por escrito a LA COOPERATIVA, a fin de que esta dé por terminado el uso de los CANALES ELECTRÓNICOS para LA EMPRESA.
SEXTA. GENERALIDADES
- El funcionamiento de los CANALES ELECTRÓNICOS está sujeto a la normativa expedida o que expida LA COOPERATIVA, los Organismos de Control del Sistema Financiero del Ecuador y demás normativa ecuatoriana aplicable.
- LA EMPRESA conoce y acepta las responsabilidades que implica la aceptación de los presentes términos y condiciones.
- LA EMPRESA conoce y acepta las responsabilidades de orden administrativo, civil y penal que se derivan de la aceptación de los presentes términos y condiciones.
- LA EMPRESA declara conocer las disposiciones de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos y autoriza a LA COOPERATIVA a realizar los análisis y verificaciones que considere necesarios.
- LA EMPRESA declara haber sido instruida e informada sobre el manejo seguro de los CANALES ELECTRÓNICOS y acepta las normas de seguridad definidas por LA COOPERATIVA.
- LA EMPRESA entiende y acepta que deberá seguir las instrucciones publicadas por LA COOPERATIVA respecto del uso y normas de seguridad de los CANALES ELECTRÓNICOS.
- LA COOPERATIVA procesará las transacciones efectuadas por LA EMPRESA, sin responsabilidad sobre aquellas que no puedan efectuarse por causas atribuibles a LA EMPRESA.
- LA COOPERATIVA no enviará correos electrónicos, mensajes de texto o enlaces de acceso solicitando datos relacionados con nombre de usuario, clave de acceso, mecanismos de autenticación o información sobre las cuentas de LA EMPRESA.
- Las instrucciones impartidas por los representantes autorizados mediante los CANALES ELECTRÓNICOS expresan la voluntad y autorización de LA EMPRESA para su ejecución.
- LA EMPRESA acepta que, cuando existan diferencias entre los montos de las transacciones electrónicas y los débitos o créditos efectuados en sus cuentas, LA COOPERATIVA pueda realizar las regularizaciones correspondientes conforme al contrato.
- En caso de errores en las transacciones procesadas mediante los CANALES ELECTRÓNICOS, LA EMPRESA acepta las regularizaciones correspondientes sobre sus cuentas, depósitos o valores, conforme a las condiciones del contrato.
SÉPTIMA. SEGURIDAD Y AUTENTICACIÓN PARA EL ACCESO A LOS CANALES ELECTRÓNICOS
- El acceso a los CANALES ELECTRÓNICOS deberá ser realizado únicamente por los representantes autorizados de LA EMPRESA, utilizando los procedimientos y mecanismos de seguridad establecidos por LA COOPERATIVA.
- LA COOPERATIVA proporcionará un usuario inicial basado en el RUC de LA EMPRESA o un identificador corporativo asignado, que deberá ser personalizado conforme a los mecanismos de seguridad establecidos.
- LA COOPERATIVA entregará una clave de acceso temporal con vigencia de siete días, válida para el primer ingreso. LA EMPRESA deberá cambiarla al ingresar por primera vez.
- LA EMPRESA deberá:
- Definir una clave segura que contenga letras mayúsculas, minúsculas, números y caracteres especiales.
- Cambiar frecuentemente su clave de acceso, conforme a los plazos establecidos por LA COOPERATIVA.
- Custodiar y dar buen uso a su clave de acceso.
- Los mecanismos de autenticación definidos incluyen nombre de usuario, clave de acceso, imagen y código de seguridad.
- LA EMPRESA autoriza a LA COOPERATIVA a suspender, modificar o incorporar mecanismos de autenticación cuando sea necesario por razones de seguridad.
- Si LA EMPRESA sospecha o detecta que se ha vulnerado el acceso a sus CANALES ELECTRÓNICOS o sus identificaciones electrónicas, deberá notificarlo inmediatamente a LA COOPERATIVA.
- LA COOPERATIVA podrá anular las identificaciones electrónicas por mal uso, vulneración o compromiso, incumplimiento de términos y condiciones, terminación de la relación contractual o disolución de LA EMPRESA.
- LA EMPRESA podrá solicitar el bloqueo de los CANALES ELECTRÓNICOS mediante la línea de emergencias financieras de LA COOPERATIVA o personalmente en la oficina Matriz.
- LA COOPERATIVA podrá requerir la actualización periódica de las identificaciones electrónicas.
- LA COOPERATIVA no solicitará claves, códigos de autenticación, coordenadas, pines u otras identificaciones electrónicas mediante llamadas, mensajes telefónicos o correos electrónicos.
- En caso de olvido de clave, los CANALES ELECTRÓNICOS disponen de la opción “Olvidé mi contraseña”, mediante los mecanismos de autenticación definidos.
- LA EMPRESA registrará un correo electrónico corporativo activo y un número de celular autorizado como medios de notificación y contacto.
- Para determinadas transacciones que impliquen movimiento de fondos podrá requerirse un código de seguridad enviado a los medios de contacto registrados.
- LA EMPRESA deberá utilizar únicamente medios oficiales para acceder a los CANALES ELECTRÓNICOS.
OCTAVA. TRANSACCIONES EN CANALES ELECTRÓNICOS
Las transacciones que LA EMPRESA podrá realizar mediante los CANALES ELECTRÓNICOS incluyen:
- Consulta de saldos de cuentas corporativas, plazo fijo o créditos.
- Transferencias de dinero hacia cuentas propias o de terceros, tanto en LA COOPERATIVA como a entidades financieras externas.
- Pago de servicios de terceros.
- Pago de tarjetas de crédito corporativas de otras entidades financieras.
- Registro de beneficiarios para realizar transacciones electrónicas.
- Establecimiento de límites máximos para las transacciones electrónicas.
- Generación de certificados corporativos.
LA COOPERATIVA podrá incrementar, retirar o modificar las transacciones disponibles y comunicar dichas modificaciones por sus medios de comunicación.
Para transferencias que impliquen movimiento de fondos, LA COOPERATIVA podrá enviar una clave de una sola vez (OTP) al medio de notificación asociado y autorizado por LA EMPRESA. El ingreso correcto de la OTP tendrá la misma validez que la autorización de su representante legal para ejecutar la transferencia.
LA COOPERATIVA registrará las direcciones IP y demás datos desde donde LA EMPRESA realiza transacciones electrónicas, con el fin de garantizar su trazabilidad.
NOVENA. TARIFAS O COSTOS
Las transacciones realizadas mediante los CANALES ELECTRÓNICOS estarán sujetas a las tarifas o costos fijados por LA COOPERATIVA y a las regulaciones emitidas por los organismos de control.
Las tarifas estarán disponibles en el tarifario institucional publicado en la página web o en los medios informativos de LA COOPERATIVA.
LA EMPRESA declara conocer y aceptar los costos o tarifas establecidos y acepta que estos puedan modificarse conforme a las disposiciones de los entes reguladores.
Cuando se implementen nuevas transacciones, LA COOPERATIVA podrá establecer costos o tarifas y comunicarlos mediante los medios de notificación y contacto establecidos.
Si LA EMPRESA no está de acuerdo con los costos o tarifas fijados, deberá comunicarlo por escrito a LA COOPERATIVA para que esta dé por terminado el uso de los CANALES ELECTRÓNICOS para LA EMPRESA, conforme al contrato.
DÉCIMA. TRATAMIENTO DE DATOS
LA COOPERATIVA se somete a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, su reglamento y normativa conexa, y asume la condición de RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO de los datos personales y corporativos proporcionados por LA EMPRESA.
LA EMPRESA autoriza el uso de sus datos para:
- Gestión contractual y cumplimiento legal.
- Consultas a sistemas de información crediticia.
- Prevención de fraude y análisis de riesgos.
- Ofertas de productos y servicios.
Los datos serán conservados por el tiempo que establezca la ley y posteriormente eliminados conforme a la normativa vigente.
DÉCIMO PRIMERA. PLAZO
El contrato tendrá duración indefinida y podrá darse por terminado por cualquiera de las partes conforme a la ley.
DÉCIMO SEGUNDA. TERMINACIÓN DEL CONTRATO
12.1. POR PARTE DE LA COOPERATIVA
LA COOPERATIVA podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, entre otros casos contemplados en el documento, cuando:
- Detecte falsedad en los datos proporcionados por LA EMPRESA.
- Detecte mal uso de los CANALES ELECTRÓNICOS por parte de LA EMPRESA.
- LA EMPRESA solicite la terminación del contrato mediante solicitud escrita.
- LA EMPRESA notifique por escrito la no aceptación de los costos o tarifas de las transacciones realizadas mediante los CANALES ELECTRÓNICOS.
12.2. POR PARTE DE LA EMPRESA
LA EMPRESA podrá solicitar por escrito a LA COOPERATIVA la cancelación o terminación del contrato en cualquier tiempo y por cualquier circunstancia que desee, pudiendo posteriormente solicitar un nuevo contrato para la habilitación de los CANALES ELECTRÓNICOS.
DÉCIMO TERCERA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA
Las controversias serán sometidas a los jueces competentes del domicilio principal de LA COOPERATIVA, mediante la vía que esta elija, renunciando las partes a cualquier otro fuero o domicilio.